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Sociedades en formación y el impuesto sobre sociedades: ¿Qué debes saber?

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Entendiendo las sociedades en formación

Definición y características

Las sociedades en formación son aquellas que, aunque se han constituido mediante escritura pública, aún no están inscritas en el Registro Mercantil. Esto implica que carecen de personalidad jurídica.

Régimen legal aplicable

El régimen legal de estas sociedades se encuentra regulado en los artículos 36 a 38 de la Ley de Sociedades de Capital, que establece la responsabilidad durante el periodo de constitución hasta la inscripción.

Proceso de constitución

La creación de una sociedad implica varias gestiones, como la solicitud del nombre, la apertura de una cuenta bancaria y la obtención del código de identificación fiscal.

Implicaciones de la inscripción

Importancia de la inscripción en el registro mercantil

La inscripción en el Registro Mercantil es crucial, ya que es el paso que otorga a la sociedad su personalidad jurídica y capacidad de obrar.

Retrasos comunes en la inscripción

A menudo, la inscripción puede retrasarse debido a errores que necesitan ser subsanados, lo que puede complicar la situación tributaria de la sociedad.

Actividades durante el periodo de formación

Aunque una sociedad en formación puede realizar actividades y celebrar contratos, estas acciones no son formalmente reconocidas como realizadas por una entidad jurídica.

Tributación de las sociedades en formación

La pregunta clave

Surge la pregunta: ¿deben tributar las sociedades en formación por el Impuesto sobre Sociedades (IS) o por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de sus socios?

¿Tienes dudas sobre la tributación de tu sociedad en formación? Consulta a los asesores legales para recibir orientación experta.

Pronunciamiento del tribunal supremo

El Tribunal Supremo ha abordado esta cuestión en la Sentencia 1069/2024, analizando un caso específico de sociedades en formación.

Detalles del caso

El caso examinado involucró a dos personas que constituyeron una sociedad en julio de 2014, pero la inscripción no se completó hasta diciembre de ese mismo año.

Discrepancia en la tributación

La controversia se centró en si debían tributar por el IS o si las rentas generadas debían trasladarse al IRPF de los socios.

Conclusiones del tribunal

La Sala concluyó que las sociedades en formación no están sujetas al IS, lo que significa que las rentas obtenidas durante este periodo se atribuyen a los socios y se declaran en su IRPF.

Implicaciones fiscales para los socios

Los socios fundadores deben ser conscientes de que las rentas generadas mientras la sociedad esté en formación estarán sujetas al IRPF.

Planificación fiscal recomendada

Es aconsejable que los socios consulten con un asesor fiscal para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y optimizar su situación fiscal.

Las sociedades en formación tienen un régimen específico que les exime del Impuesto sobre Sociedades, lo que impacta directamente en la tributación de sus socios.

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